Ministerio Público solicita condena de 30 años contra tres civiles y cuatro policías implicados en muerte de David de los Santos

LOCALES18/06/2023JORGE ERNESTO MEDINA VALDEZJORGE ERNESTO MEDINA VALDEZ
PALACIO DE JUSTICIA DN

SANTO DOMINGO (República Dominicana).-  El Ministerio Público solicitó a las juezas del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional la imposición de una condena de 30 años de prisión contra cuatro miembros de la Policía y tres civiles a los que acusa de provocar la muerte a David de los Santos Correa a causa de la salvaje golpiza que recibió en el destacamento del ensanche Naco, de la capital, la noche del 27 de abril del 2022, tras su apresamiento en la plaza Ágora Mall.

La solicitud de condena de 30 años de prisión es contra los imputados, (civiles) Santiago Mateo Victoriano, Michael Pérez Ramos y Jean Carlos Martínez Peña, así como contra los policías, el capitán Domingo Alberto Rodríguez, el segundo teniente Germán García de la Cruz, el cabo Alfonso Decena Hernández y el raso Sari Manuel González García, estableciendo que, aunque no golpearon al fallecido, se le condene a la pena máxima en calidad de coautores.

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En el caso de los civiles, los fiscales los acusa, además de homicidio, del crimen de tortura y barbarie y solicitaron se les imponga la pena de 30 años, calificando su conducta como una franca violación a los artículos 295 y 303-4, numerales 2 y 9, y el articulo 304 del Código Penal, por provocar golpes y heridas que ocasionaron un homicidio.

El artículo 303-4 del Código Penal Dominicano señala que: “Se castigan con la pena de treinta años de reclusión mayor las torturas o actos de barbarie cometidos por varias personas actuando en calidad de autor o de cómplice contra una persona, cuya particular vulnerabilidad, debido a su edad, a una enfermedad, a una invalidez, a una deficiencia o discapacidad física o psíquica, o a un estado de gravidez, es aparente o conocido su autor….”

En el caso de los policías imputados, el órgano acusador afirma que, con sus acciones, los cuatro policías violaron los artículos 186,198, 295, 303-4 y 341 del Código Penal Dominicano, que penalizan el permitir abusos contra una persona detenida y complicidad en la comisión de un homicidio, la barbarie, así como la violación al artículo 153 de la Ley (590) Orgánica de la Policía Nacional.

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