20 años de prisión contra un hombre acusado de traficar drogas en el sector Arroyo Hondo

LOCALES05/09/2022JORGE ERNESTO MEDINA VALDEZJORGE ERNESTO MEDINA VALDEZ
PALACIO DE JUSTICIA DN

SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Los jueces del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional impusieron 20 años de prisión en contra de un hombre que fue procesado por traficar con 173 kilogramos de cocaína, apresado el año pasado durante un allanamiento en Arroyo Hondo.

Mateo Bautista deberá pagar la pena en el centro de privación de libertad La Victoria.

Los jueces Keyla Pérez, Elías Santini y Arisleyda Méndez Batista adoptaron la decisión, tras valorar positivamente los argumentos y pruebas periciales aportadas por el Ministerio Público, representado en audiencia por el fiscal litigante Orlando Santos.

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Según el expediente instrumentado por la Fiscalía del Distrito Nacional, Bautista fue apresado por miembros de la Dirección Nacional de Drogas (DNCD) durante un allanamiento realizado en una casa de dos niveles ubicada en el Residencial Villa Isabel, del sector Arroyo Hondo Tercero, atendiendo a una denuncia ciudadana de que en ese lugar se vendía y traficaba con drogas narcóticas.

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Durante la pesquisa, realizada el 25 de junio de 2021, los agentes de la DNCD decomisaron, en las áreas de la sala, cocina, un closet y debajo de una escalera de la residencia, cuatro cajas de cartón y 43 bultos de diferentes colores con 169 paquetes de una sustancia blanca, con un peso de 173.39 kilogramos, que resultó ser cocaína clorhidratada, según informe del  Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).

Además de la droga, al hoy condenado también le ocuparon 700 dólares en efectivo y 2,410 pesos dominicanos, un celular negro marca Huawei, documentos personales a nombre del procesado, dos vehículos de motor marcas Ford y Mitsubishi, 51 bultos de varias marcas y colores, así como una prensadora para paquetes.

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La Fiscalía concluyó que la conducta de Mateo Bautista se corresponde con el tipo penal de “traficante”, previsto y sancionado por los artículos 5 (literal A), 28, 58 (literal C) y 75 (párrafo II), de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas en la República Dominicana, concurriendo en el grado de autor material, en perjuicio del Estado dominicano.

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