Prisión preventiva para mujer que golpeó salvajemente a hijastro de dos años en Santiago

LOCALES24/07/2023JORGE ERNESTO MEDINA VALDEZJORGE ERNESTO MEDINA VALDEZ
Fiscalia-Santiago

SANTIAGO (República Dominicana).- Fue enviada a cumplir prisión preventiva por espacio de tres meses, la mujer de 33 años de edad que golpeó de manera salvaje a su hijastro de dos años y medio y a la que la Fiscalía de Santiago apresó luego de las denuncias que interpusieran vecinos, quienes grabaron la tortura a la que la mujer sometía a la víctima, que se encontraba bajo su custodia.

La Fiscalía, a través de la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, presentó ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente, cargos provisionales contra Austria Rubí Jiménez Castillo, quién le propinaba golpizas a su hijastro y luego fingía que este se había golpeado al caerse.

Las autoridades intervinieron la residencia y pusieron bajo custodia al niño que ha sido sometido a numerosos estudios médicos para constatar y certificar su condición de salud.

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El representante de la Fiscalía, litigante Manuel Cuevas, expuso ante el tribunal la gravedad de los ilícitos cometidos por la mujer en perjuicio del menor de edad; también los videos que evidencian las agresiones y los resultados de las certificaciones del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), sobre la condición de salud de la víctima.

Los hechos fueron denunciados por vecinos de la localidad de Los Rieles de Gurabo, al norte de Santiago, quienes grabaron el momento en que la mujer le propina golpes contusos con el puño a su hijastro. Los videos sobre los abusos físicos y psicológicos a los que sometía al niño fueron difundidos por los vecinos en las redes sociales.

El menor de edad se encuentra bajo el poder del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani), en tanto que la Unidad de Violencia Intrafamiliar realiza trabajo social en todo el entorno familiar.

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Jiménez Castillo enfrenta cargos por violación al artículo 396 del Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), y por cometer actos de tortura y barbarie tipificado en el Código Penal Dominicano.

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