Condenan a dos hombres por violencia intrafamiliar agravada en San Pedro de Macorís

LOCALES15/07/2023JORGE ERNESTO MEDINA VALDEZJORGE ERNESTO MEDINA VALDEZ
San Pedro de Macorís

SAN PEDRO DE MACORÍS (República Dominicana).- Dos hombres  fueron condenados por separado a cinco años de prisión por un tribunal de esta provincia luego de que el Ministerio Público demostrara que incurrieron en violencia intrafamiliar agravada.

El Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís, integrado por los jueces Juan de la Cruz Rijo Güílamo, Bethania del Carmen Conce Polanco y Katerine Santana Mejía, declaró culpables de ese delito a Radhamés Hernández Ramírez y a Yin Richard Nolasco Camarena.

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Ambos fueron condenados por violar los artículos 309-2 y 309-3 (letra e), del Código Penal, y deberán cumplir la sentencia condenatoria en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) de San Pedro de Macorís por los hechos cometidos contra las víctimas, cuyos nombres fueron omitidos.

Hernández Ramírez fue declarado culpable del crimen de violencia intrafamiliar agravada por estar acompañada de amenaza de muerte contra varios familiares, en tanto que Yin Richard Nolasco Camarena fue condenado, igualmente, por el mismo delito, cometido en perjuicio de su pareja y en presencia de un hijo de ambos menor de edad.

El fiscal Pedro Adael García de Peña, durante el juicio, aportó pruebas testimoniales, periciales y documentales, con las que pudo probar, fuera de toda duda, que el 6 de julio de 2020, Radhamés Hernández Ramírez fue arrestado en flagrancia delictiva al ser sorprendido con un comportamiento violento amenazando de muerte a su padre y a sus hermanas y lanzando piedras a la vivienda donde residían.

En cuanto al expediente de Yin Richard Nolasco Camarena, el fiscal indicó que quedó demostrado que el hecho ocurrió el 29 de septiembre de 2019, en su casa, situada en la calle Sexta, del sector Filipinas, luego de que su pareja le pidiera que se marchara, ya que no deseaba continuar con la relación, y éste procedió a agredirla en presencia del hijo menor de edad procreado por ambos.

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